14 julio, 2026

El oficialismo negocia y busca aprobar en el Senado una ley que habilita desalojos en 20 días

El oficialismo apura las conversaciones en el Senado para llegar al próximo jueves con los votos necesarios para darle media sanción a la ley de inviolabilidad de la propiedad privada.

Edición iNFOLINK

Resúmen

  • El oficialismo apura las conversaciones en el Senado para llegar al próximo jueves con los votos necesarios para darle media sanción a la ley de inviolabilidad…
  • El proyecto, enviado por el Ejecutivo nacional y modificado en las conversaciones con los bloques dialoguistas, establece entre sus puntos principales que un inquilino puede ser…
  • En los pasillos del Senado aseguran que “todavía” no están los votos y que si es cierto lo que afirma La Libertad Avanza —que cuenta con…
  • Si alguien de los socios no viaja, se cae”.

El oficialismo apura las conversaciones en el Senado para llegar al próximo jueves con los votos necesarios para darle media sanción a la ley de inviolabilidad de la propiedad privada. El proyecto, enviado por el Ejecutivo nacional y modificado en las conversaciones con los bloques dialoguistas, establece entre sus puntos principales que un inquilino puede ser desalojado en 20 días por falta de pago.

En los pasillos del Senado aseguran que “todavía” no están los votos y que si es cierto lo que afirma La Libertad Avanza —que cuenta con el número necesario— es “muy finito. Si alguien de los socios no viaja, se cae”.

Impulsada por el ministro Federico Sturzenegger, la iniciativa llega al Senado el jueves 16 de julio con 13 versiones previas y reformas en seis grandes áreas. Uno de los puntos más relevantes tiene que ver con los desalojos de inquilinos por falta de pago, capítulo en el que el oficialismo aceptó la mayor cantidad de cambios.

El proyecto establece que ante la falta de pago, el propietario debe intimar al inquilino con un mínimo de 10 días corridos —ampliado desde los 3 días del texto original— para regularizar la deuda. La notificación puede hacerse en el domicilio del contrato o por correo electrónico, y debe indicar el lugar exacto de pago.

Si persiste el incumplimiento, el propietario puede iniciar la acción de desalojo, que se tramita en 10 días hábiles. Solo se admite prueba documental y pericial para evitar dilaciones.

Quienes se oponen a la medida señalan que la ciudadanía atraviesa un proceso de pérdida de ingresos y de poder adquisitivo como consecuencia de paritarias a la baja y aumentos de los servicios, y que esto impactaría con fuerza en ciudades como Buenos Aires, donde más del 50% de los tres millones de habitantes paga alquiler.

En lo que se refiere a los desalojos en ocupaciones ilegales y de tenedores precarios —barrios populares y asentamientos, por ejemplo— se inicia un proceso sumarísimo en el que el juez puede ordenar la restitución anticipada del inmueble en cinco días si el derecho invocado es verosímil, bajo caución juratoria.

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Resumen elaborado por iNFOLINK News a partir de información publicada originalmente por www.infobae.com.

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